Registro de Empleados Domésticos ante el IMSS

Existen muchas ideas erróneas y folclore local sobre si debemos o no proporcionar un seguro de Seguridad Social a nuestros trabajadores. Personalmente he escuchado de todo, desde "mi vecino dice que los trabajadores de medio tiempo no califican" y "mi jardinero sólo trabaja un día a la semana, así que ni siquiera es de medio tiempo" hasta "nos gustaría suministrar el seguro de los trabajadores (seguro social del IMSS), pero nos pareció demasiado difícil de resolver, así que lo dejamos".

Para aportar claridad a la cuestión:

Se trata de un programa federal obligatorio que puede causar quebraderos de cabeza, litigios y multas si no se aplica. Pueden acogerse a él todos los trabajadores, independientemente de la brevedad de su jornada laboral. El requisito es que el empleado sea un trabajador recurrente.

El programa del IMSS garantiza que el personal será atendido médicamente en caso de enfermedad o accidente, incluso en el lugar de trabajo. El programa de seguros del IMSS lo protege a usted, el patrón, de una severa responsabilidad financiera médica por enfermedad, accidente o un imprevisto que ocurra fuera del lugar de trabajo, como ser atropellado por un automóvil en un día laboral. Sí, el patrón es responsable de los gastos médicos y de recuperación, así como de los salarios, hasta que el funcionario vuelva a ser completamente funcional. Es la ley.

A partir de la reforma de 2019, es obligatorio el registro de los empleados domésticos ante el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social), así como el pago de las cuotas correspondientes según lo estipulado en el artículo 337 Fracción IV de la Ley Federal del Trabajo.

Tomemos en consideración como nuestra comunidad huésped, debido a sus necesidades domésticas, emplean trabajadores, y como empleadores, deben conocer sus obligaciones así como los derechos de sus empleados. Esto con el fin de prevenir cualquier responsabilidad laboral, ya que al vivir en un país donde no se conocen sus leyes o normas se podría incurrir en una falta que podría ocasionar una reclamación o demanda por parte del empleado.

Por este motivo, es muy importante informar al empleador sobre las obligaciones que tiene en el momento de contratar a un empleado doméstico. Estos son los pasos que debemos seguir para formalizar un contrato individual de trabajo con respecto a los trabajadores a contratar:

  • Registrarse ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), como patrón del trabajador.
  • Dar de alta al trabajador ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
  • Dar por terminada la relación laboral de los trabajadores con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en caso de que los trabajadores renuncien, o se rescinda su contrato de manera justificada o injustificada.
  • Cumplir y estar al corriente con el pago de las cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
  • Realizar todos los pagos en tiempo y forma de las contribuciones ante el INFONAVIT. Darse de alta como patrón ante el SAT o Servicio de Administración Tributaria (SAT), dependencia de la Administración Pública Federal encargada de la recaudación, fiscalización y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones fiscales.

¿Cuáles son las cotizaciones que hay que pagar?

Se conocen como cuotas obrero patronales, a la suma total del monto aportado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por los trabajadores, los patrones y la cuota social (matching) aportada por el gobierno mexicano.

¿Cuáles son los requisitos para dar de alta a un trabajador ante el IMSS a nombre del patrón?

RFC del domicilio fiscal o centro de trabajo; esto si es persona física o en caso de que el patrón sea persona moral del representante legal. Original y copia del comprobante de domicilio.

  • Croquis de la ubicación del puesto de trabajo.
  • Identificación oficial válida del empresario.
  • CURP (versión mexicana del número de seguridad social).
  • Aviso de alta del trabajador.

La finalidad de conocer las obligaciones que el empresario tiene con sus trabajadores de acuerdo con la normativa de la ley en nuestro país es garantizar su seguridad jurídica así como la seguridad que ofrece al trabajador -vivir con tranquilidad-.



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