Preguntas y respuestas ¿Qué sigue a la muerte en México?

Ricardo Pérez So. California

Buenos días Angel, podrías por favor explicarme que papel juega la Embajada de Estados Unidos en caso de que yo fallezca aquí en el encantador México, honestamente, los he llamado (Embajada de Estados Unidos) muchas veces pero nunca me han contestado. ¡Gracias Angel!

Ángel 

Hola Ricardo, sí aún en el post-Covid sigue habiendo muchos "rezagos", este es el papel que se supone juegan los servicios consulares de EU para un ciudadano estadounidense en México: El Procedimiento del Consulado Americano es:

La Oficina de Asuntos Consulares localizará e informará a los parientes más próximos del fallecimiento del ciudadano estadounidense y proporcionará información sobre cómo organizar el entierro local o el regreso de los restos a Estados Unidos.

La disposición de los restos está sujeta a la legislación de Estados Unidos y a las leyes locales del país en el que falleció el ciudadano, así como a los requisitos aduaneros de Estados Unidos y del extranjero. Los restos que no sean reclamados en el plazo legal y que permanezcan sin reclamar serán enviados a una fosa común para su inhumación.

El Departamento de Estado de Estados Unidos no ha asignado recursos económicos para ayudar a devolver a sus familiares los restos o cenizas de ciudadanos estadounidenses fallecidos en el extranjero, por lo que los gastos deben correr a cargo de los familiares. 

Los gastos y trámites necesarios son el Certificado Médico de Defunción, el Certificado de Defunción expedido por el Estado, la notificación a la agencia consular del país de origen, los permisos de embalsamamiento, los permisos de viaje para el difunto y o las cenizas (urna). Competencias del Consulado:

  • Localizar y avisar a los familiares.
  • Proporcionar información legal para la entrega de restos mortales.
  • Emitir un informe sobre la muerte de ciudadanos estadounidenses en el extranjero.
  • Certificado mortuorio consular. Imprescindible para el traslado del cadáver a EEUU (debe tramitarlo el representante legal o la funeraria). 
  • Asistencia en el envío de efectos personales a Estados Unidos.

Nota:

El retorno de los restos mortales a Estados Unidos y la legislación extranjera exigen los siguientes documentos antes de que los restos mortales puedan ser enviados de un país a otro:

1. Certificado mortuorio: El funcionario consular preparará el certificado mortuorio consular, que garantiza el envío de los restos y facilita el despacho de aduanas de EEUU 

2. Está redactado en inglés y confirma la información sobre la causa del fallecimiento. Para ello se requiere la siguiente documentación: 

  • a) Acta de defunción expedida por el registro civil México.
  • b) Certificado de embalsamamiento.
  • c) Información detallada sobre el transporte que se utilizará.
  • d) Información sobre el destino de los restos.

John y Jane de Boston. 

Hola Angel, gracias por hacer esto para la comunidad, ¡se te agradece mucho! Nuestra pregunta es: Hemos visto muchos servicios ofrecidos póstumamente para lidiar con el posible litigio y la burocracia que sigue a la muerte de un extranjero en México, parecen estar por todas partes en los precios y cada grupo de defensa maneja una pieza del rompecabezas. pero ninguno de ellos aparentemente maneja la circunstancia de "todos a todos" si se quiere. ¿Qué me recomiendan?

Ángel

Hola John y Jane, tenéis toda la razón, hay una larga lista de cosas de las que hay que ocuparse tras el fallecimiento de un miembro de la comunidad de invitados. Empezando por los servicios funerarios, los certificados médicos de defunción, los certificados de defunción emitidos por el estado, la notificación a la embajada del país de origen del fallecido antes incluso de introducir las notificaciones de los familiares más próximos, y todas las situaciones posteriores como la distribución de los bienes patrimoniales. activos líquidos, posesiones personales, liquidación de deudas y herencias. 

Hay una política de "ventanilla única" disponible aquí en San Miguel Allende que atiende a todo esto, así como la interfaz con la familia que queda atrás para asegurar una transición sin problemas y un proceso pacífico para los herederos que abarca y salva la barrera del idioma. Así como contemplar las ramificaciones legales y fiscales para todos.

Esta póliza también cubre la creación e inclusión de un contacto primario de emergencia en caso de que algo le suceda en cualquier parte de la Federación Mexicana, así como la creación de los numerosos documentos que se adaptan para asimilarlos bajo la ley mexicana; tales como Directiva Médica Anticipada, Última Voluntad y Testamento, Poder Notarial Duradero y DNR. 



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